PROCESO DE SELECCIÓN DE SERVIDORES PUBLICOS
Procedimiento de Selección de Servidores Públicos en el Ecuador
En noviembre del 2014 el gobierno decidió reducir de 134 a
34 - 56 días como el tiempo máximo destinado
a la selección de personal, este proceso consta de las siguientes etapas
de selección para servidor público:
De acuerdo al Art. 3 de la Ley Orgánica de Servidores
Públicos LOSEP, todo proceso de selección de personal se lo debe ejecutarse de
la siguiente manera obligatoria por medio de concursos de méritos y oposición. La
única forma valida de realizar este procedimiento es a través de la plataforma
tecnológica del ministerio de relaciones Laborales.
En el Art 4 describe al concurso como un proceso en el cual
se realiza una convocatoria a todas las personas mayores de edad, que no tengan
impedimentos para ingresar y realizar el cargo dentro del servicio público, que
además reúnan una serie de requisitos establecidos dentro de la misma
convocatoria de acuerdo al perfil del cargo.
De acuerdo al Art. 5 el concurso de méritos y oposición se
conforma por:
a)
Convocatoria
b)
Merito
c)
Oposición
Prueba de conocimientos
Pruebas psicométricas
Entrevista
d)
Declarar al ganador
Según el Art. 18 el mérito consiste en la comparación del
perfil tanto del o los postulantes con el que se requiere para el cargo. Es aquí
donde se verifica el nivel de cumplimiento a través de la revisión de la hoja
de vida de los candidatos. Cualquier tipo de incumplimiento significa que no
podrán acceder a la siguiente fase del concurso quedando descalificados, aunque
de acuerdo al Art. 19 se podrá realizar una apelación de sus resultados a través
de la plataforma.
El Art. 22 dice que la oposición es el proceso de medición
de las competencias que disponen los postulantes a través de pruebas realizadas
y las entrevistas
Porcentajes de calificación de las Pruebas tomadas a los futuros servidores Públicos.
Las pruebas de conocimiento técnico son las encargadas de medir
el nivel de conocimiento de los aspirantes, como destrezas cuando el cargo lo
amerite o solamente escritas y serán calificadas sobre 100 puntos, según lo que
expresa el Art. 23 y representa un máximo del 75% del resultado de las pruebas.
El Art. 24 se refiere a las pruebas psicométricas las cuales
evalúan el comportamiento que los aspirantes deben disponer para el cargo y
serán calificadas sobre 100 puntos, representando un 25% del resultado de las
pruebas.
La entrevista de acuerdo al Art. 27 es el medio para evaluar
las competencias técnicas y conductuales a los cinco postulantes mejores
puntuados. Será realizada por dos entrevistadores; uno perteneciente al área de
talento humano que evaluara las competencias conductuales, y un representante
de la unidad administrativa, quien va a ser el encargado de evaluar las
competencias técnicas.
Según el Art. 28 la calificación de la entrevista se la
realiza sobre 100 puntos por cada entrevistador y el resultado final será un
promedio de ambas calificaciones.
En el Art. 29 se dice que la entrevista deberá tener un
respaldo empleando medios de grabación de audio o video.
En el Art. 30 tenemos que de acuerdo a las calificaciones
obtenidas tanto en las pruebas como en la entrevista, la plataforma tecnológica
será la encargada de calcular de manera automática el puntaje de mérito y oposición
de cada aspirante sobre 100 puntos, al que se lo denomina puntaje tentativo final,
y formará parte del puntaje final.
En el Art. 31 se encuentra la manera de determinar el puntaje
tentativo final calculado automáticamente por la plataforma
Pruebas técnicas; 60 puntos
Pruebas psicométricas; 25 puntos
Entrevista; 15 puntos
A este puntaje de acuerdo al Art. 30 se le agregan acciones
afirmativas de acuerdo a lo siguiente:
- Héroe o Heroína; 4
- Ex Combatiente: 2
- Ex Migrante o migrante; 2
- Autodefinición étnica Indígena, Montubio, afro ecuatoriano; 2
- Participación de personas con discapacidad 2
En el Art. 34 se tiene que en caso de empates de puntajes
finales se toman las siguientes soluciones:
- Calificación en las entrevistas de mayor a menor
- Si la primera no es suficiente se toma la calificación total obtenida en las pruebas técnicas y psicométricas.
- En caso de mantenerse el empate se realiza una nueva entrevista.
De acuerdo al Art. 36 el tribunal de méritos y Oposición
realizara el acta final con los puntajes finales alcanzados, donde también se
declarará al ganador del cargo, a quien obtuvo el mayor puntaje final y se
declarará como candidatos elegibles a los que cumplan con lo dispuesto en el
Art. 6.
Una vez que se presentan los requisitos establecidos, se emitirá
un nombramiento provisional según el Art. 35
El Art. 39 dice que en caso de que el ganador de un concurso
se desvincule de la organización, se declarará como ganador al mejor puntuado
del banco de elegibles.
De acuerdo al Art. 36 un concurso puede declararse desierto:
- Ninguno de los concursantes cumpla con el perfil.
- No existen aspirantes con puntuaciones mayores a 70 en pruebas técnicas y psicométricas.
- Ninguno de los aspirantes obtuvo como mínimo 70 en el puntaje final
- En caso de presentarse una omisión del procedimiento del concurso que incluya en la decisión.
- Cuando la institución que lleva a cabo el concurso inicie una reestructuración institucional, que produzca que no sea necesario continuar con la selección.
- Cuando ninguno de los aspirantes de los bancos elegibles presente los requisitos establecidos, no aceptare el nombramiento, o no se presenten a tomar posesión del cargo.
Bibliografía:
Anon,
(2016). [online] Available at: http://www.politica.gob.ec/wp-content/upload/download/2013/04/NORMA-TECNICA-RECLUTAMIENTO-Y-SELECCION.pdf [Recuperado junio del 2016].
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